¿Necesita saber si está obligado a DECLARAR RENTA por el año gravable 2020 como PERSONA NATURAL en el presente año 2021?
Si cumple con CUALQUIERA de los siguientes requisitos, estará obligado a presentar DECLARACIÓN DE RENTA:
Se entiende por PATRIMONIO BRUTO la suma total de bienes muebles e inmuebles que posee a su nombre, como casas o predios de cualquier tipo, vehículos, cuentas corrientes, cuentas de ahorros, CDT, Fiducia, acciones, etc.
Se entiende por INGRESOS BRUTOS la suma total de dineros o bienes cuantificables en dinero que haya recibido el contribuyente de manera legal, como salarios, honorarios, intereses, dividendos y participaciones, subsidios (ICETEX), ingresos por alquiler o arriendos, pensiones, etc.
Para efectos de determinar si debe declarar por el PATRIMONIO BRUTO, el valor de bienes inmuebles se puede tomar el avalúo catastral, y para el caso de bienes muebles vehiculares se debe tomar el valor de compra.
DETERMINACIÓN DE PATRIMONIO. Para diligenciar esta sección requiere tener a disposición los documentos que le sean APLICABLES en los que consten la titularidad de los bienes e inversiones y los que respaldan las deudas, con valores certificados a 31 de diciembre de 2020:
Certificados Tributarios de cuentas de ahorro y corrientes emitidos por las entidades financieras.
Certificados Tributarios de inversiones como CDT, Bonos, Fiducias, Acciones, entre otras.
Según sea el caso, Avalúo Catastral (Recibo de pago del impuesto Predial); o Avalúo Comercial.
Factura de compra o documento donde conste el valor de adquisición de los vehículos.
Letras, pagarés, hipotecas y demás documentos que respalden cuentas por cobrar y obligaciones o deudas, conforme a los requisitos de ley.
NOTA. Para el caso de deducción por dependientes que trata los numerales (10, 11, 12, 13, 14), solo se puede integrar a la deducción uno (1) solo de ellos. Si la DIAN lo llegase a requerir para demostrar ingresos menores a 260 UVT ($8.910.000,00) para los dependientes mayores, deberá aportar en su momento, un certificado de Contador Público que de fe de ello. Así mismo, para demostrar dependencia originada en factores físicos o psicológicos, deberá aportar en el momento Certificado de Medicina Legal.
Si decide usar nuestro servicio, el costo de la elaboración de su DECLARACIÓN DE RENTA por el AÑO GRAVABLE 2020, tendrá un valor único de CIENTO DIEZ MIL PESOS ($110.000,00) moneda corriente vigente legal colombiana.
Pensando en su comodidad, disponemos de la línea de pagos PayU, para que haga su transferencia por el valor indicado usando cualquier medio de pago, ya sea con Tarjeta de Crédito o Débito, PSE, o el medio de su elección haciendo click en el boton de pagos.
De igual manera podrá hacer el pago correspondiente haciendo un abono directo en las cuentas indicadas, ya sea de manera física o haciendo una transferencia.
Cuenta NEQUI 3164726844
Cuenta de Ahorros Scotiabank Colpatria 5852009484
La documentación podrá ser allegada en forma FÍSICA a la dirección de contactos dispuesta en ésta página, Calle 9 # 4-37, Oficina 307, Centro; o VÍA ELECTRÓNICA al correo institucional juan.velasco@abcjuridico.com.co.
Si tiene alguna duda o inquietud, no dude en contactarnos, llama o escribe en el FORMULARIO indicado en esta página

Si ya habiendo corroborado los anteriores presupuestos de estar obligado a Declarar Renta por el Año Gravable 2020, el paso siguiente es verificar las fechas límites de dicha presentación. La Declaración la puede realizar antes de la fecha una vez cuando todos los responsables de emitir la información Exógena terminen de hacerlo después de junio de 2021. Las fechas son las siguientes:
DETERMINACIÓN DEDUCCIONES. Para diligenciar esta sección requiere tener a disposición los documentos en los que consten los pagos efectuados en el año 2020 y que tengan relación de causalidad, necesidad y proporcionalidad con la actividad generadora de renta:
DETERMINACIÓN DE INGRESOS. Para diligenciar esta sección requiere tener a disposición los documentos en los que consten los ingresos que recibió durante el año gravable 2020:
DOCUMENTO IMPRESCINDIBLE. Para personas que van a Declarar por primera vez deben aportar copia del RUT. Si va a tomar el servicio con ABC JURÍDICO, habiendo ya declarado anteriormente, deberá aportar copia del RUT, y copia de la anterior declaración, además de indicar su CLAVE DIAN.
Una vez determinado si debe declarar renta, necesitará aportar los documentos necesarios para la debida elaboración del reporte que se informará a la DIAN.
La siguiente es una lista de posibles documentos que deberá aportar y que le sean APLICABLES:
